El Tribunal concluyó que el Juzgado Primero de Familia cumplió oportunamente con la remisión de los oficios y documentos necesarios para registrar la sentencia de divorcio, por lo que no incurrió en vulneración alguna. Sin embargo, constató que la Notaría Cuarta de Cali y la Registraduría Municipal de Toro no demostraron el cumplimiento efectivo de las inscripciones ordenadas, afectando el derecho de acceso a la justicia del accionante. En consecuencia, concedió el amparo y ordenó efectuar las anotaciones correspondientes en los registros civiles de nacimiento y matrimonio.
El contenido completo de esta providencia no está disponible en formato digital.
